PROYECTO TRANSVERSAL DE ETNOEDUCACIÓN Y EDUCACIÓN INTERCULTURAL
RESPONSABLES
Área de Ciencias Sociales
Y Ética y Valores.
DOCENTE
Alba Nidia Sánchez Monsalve
SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN DE ANTIOQUIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL CRISTALES
ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES
SAN ROQUE
2019
IDENTIFICACIÓN
“Reconciliar al mundo es demasiado
ambicioso, pero al menos se puede formar a los niños para ser respetuosos hacia
las diferencias… Si todos fuéramos iguales, no podríamos ofrecernos nada unos a
otros.
Yehudi Menuhin[1]
El proyecto
Transversal de Etnoeducación y Educación Intercultural plantea las acciones que
se vienen desarrollando y las a realizar por parte de la Institución Educativa
Rural Cristales. Busca integrar al currículo los conceptos del Etnodesarrollo,
entendido éste como la capacidad que tiene un grupo humano (en este caso la
comunidad Cristaleña) a construir su futuro aprovechando para ello las
enseñanzas de su experiencia (legados de sus antepasados) y conocimientos, su experiencia
histórica, los recursos actuales y potenciales de su cultura de acuerdo a un
proyecto construido colectivamente, definiendo sus propios valores y
aspiraciones.
Cada vez que un
docente, independientemente del área que imparta, recurre a los saberes
ancestrales, las músicas tradicionales, la literatura autóctona y los valora
como conocimientos igual de válidos que el técnico, tecnológico y científico;
reconoce y difunde la cultura de nuestros grupos étnicos (indígenas,
afrocolombianos, Rrom, raizales, palenqueros) y campesinos. Está haciendo una
apuesta por la ETNO EDUCACIÓN Y LA EDUCACIÓN INTERCULTURAL.
Aún queda el
reto para que todas las Áreas del Conocimiento se vinculen de manera explícita
el enfoque diferencial étnico, en el que se enmarca el desarrollo de este
proyecto.
DIAGNOSTICO
Se requiere que
el sector educativo, en nuestro caso particular la IER Cristales busque estrategias
pedagógicas significativas, que se conviertan en la guía
para la difusión de los valores culturales
propios de las cerca de 80 etnias indígenas, de las comunidades
afrodescendientes, la comunidad raizal que habita el archipiélago de San Andrés
y Providencia, como de la comunidad Rrom o gitana. Diversidad reconocida desde
la Constitución Política de Colombia.
El desconocimiento de dichas culturas nos ha llevado
a que las representaciones que tenemos de éstas se encuentren plagadas de
prejuicios que en muchos casos conduzcan a la discriminación. No es, sino que
pensemos en el estereotipo de que tenemos de los Indígenas y de las representaciones
que hacemos de ellos en los actos cívicos e izadas de bandera, en la mayoría de
los casos no se parecen en nada a los indígenas que habitan nuestro territorio.
O que frente a la comunidad negra resaltemos su color de piel, sus artesanías,
peinados, es decir su folklore; pero se
desconozca su historia y aporte a la
construcción de las identidades colombianas.
MAPA 1: Distribución de la población afrocolombiana
en el país. Tomado de imagen libre de internet.
No es, sino que analicemos los últimos actos de las
fiestas de la “Antioqueñidad”. Celebramos más la “paisanidad” (que no es propia
de Antioquia, sino que comparte con los departamentos del eje cafetero, el
norte del Valle y del Tolima). Esa cultura que creció al lado de la arriería y
el comercio del oro y del Café. Pero si le preguntamos a unos pocos, incluyendo
docentes, pocos saben que esta Antioquia es el segundo departamento con mayor
población afrodescendiente. Una propiamente afroantioqueña que se asentaron en
los territorios de municipios como Zaragoza, el Bagre o Turbo hace más de 300
años. Pero ahora, debido a la violencia, la población negra ha visto amenazados
sus territorios y han tenido que desplazarse sobre todo a la ciudad de
Medellín.
Se tiene
estimado que en la composición étnica de Antioquia, el 10.83% corresponde a
pobladores afrocolombianos. Los
afrodescendientes se encuentran dispersos en las subregiones y en los 126
municipios, teniendo mayor presencia en la subregión de
Urabá, Bajo Cauca, Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño. Su actividad
económica está basada en actividades económicas extractivas como la minería, la
pesca y la caza. La población que migra a la capital antioqueña lo hace en
busca de mejores oportunidades de vida en el campo laboral y académico[1].
Igual sucede con los grupos indígenas. Encontramos
presencia de los 5 grupos étnicos: Cuna-Tule, Senú, Emberá Chamí, Emberá Katíos
(Eyabida) y Emberá Dóbida asentados en el departamento de Antioquia.
Enfrentados a todos los desafíos de la lucha por sus territorios, siendo
desplazados de éstos, en algunos casos, por las actividades económicas y por la
aculturación[2]
que genera el mal llamado progreso.
[1]
Un grupo considerable de afrocolombianos procedentes del departamento del Chocó
ejercen como docentes desde hace varias décadas en nuestro departamento y en
Colombia.
[2]
Se entiende por ACULTURACIÓN el proceso en el cual un grupo humano se le impone
la asimilación de las normas de la cultura hegemónica o dominante con la que ha
estado en contacto.
MAPA 2: Culturas indígenas de Antioquia. Fuente:
http://www.antioquiatic.edu.co/
Se hace
necesario que la Institución Educativa Rural Cristales forme a sus maestros en
los conceptos propios de la Etnoeducación y el enfoque diferencial étnico, y
que éstos al igual se interesen por buscar dicha formación; y no se asuma por defecto que el Proyecto
solo le corresponde a los “profes de
sociales “o a los profes “afro”. Ese
es el reto para los años próximos.
JUSTIFICACIÓN
Colombia es una
nación pluriétnica y pluricultural, así lo reconoce la Constitución Política de
Colombia de 1991, en su artículo 7: “El
Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación”. La
población colombiana, sobresale por su riqueza ancestral y
los valores que poseen los diferentes grupos étnicos que habitan su territorio:
Comunidades aborígenes que han vivido acá desde tiempo inmemoriales, dispersos
por nuestro territorio resistiéndose a los procesos de aculturación y
exterminio físico; la comunidad afrocolombiana, es decir, todos aquellos que
tienen parte sus raíces en África y que aún habitan a lo largo y ancho
de la geografía colombiana. (Especialmente en los departamentos de Valle,
Cauca, Nariño, Chocó, Antioquia, Risaralda y Caldas y en los departamentos de
la Costa Atlántica). En nuestro territorio colombiano también se asienta la
comunidad “Raizal” en las Islas de San Andrés y Providencia, y la comunidad Rom
o Gitana.
Por efectos de
los procesos de aculturación y de los problemas de carácter social y político
(en muchos casos derivados del conflicto social
y armado), los miembros de estos grupos étnicos se han visto
sometidos a la discriminación y a la marginalidad histórica por quienes
en su momento han ejercido el
poder y el control del territorio que
habitan.
Los proyectos de infraestructura y especialmente los
de desarrollo económico han tenido como consecuencia no sólo el olvido del
Estado, sino la pérdida de la identidad cultural y con ello todos aquellos
aspectos de la cultura ancestral: las costumbres, las técnicas de cultivo, el
uso de las plantas medicinales, los vínculos de familia, la música, la danza,
su tradición oral, su cosmovisión, es decir, todos sus valores ancestrales.
Esta situación ha relegado también procesos de comunicación y participación
social y política que permitan exaltar y hacer visibles los valores que las
culturas autóctonas que necesitan fortalecer cotidianamente, en
especial su identidad cultural que es propia y la diferencia claramente de
cualquier otra por el gran acervo histórico que contiene.
Es función de la
Escuela (entendida como el establecimiento educativo) a través del
proyecto de ETNOEDUCACIÓN Y DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL hacer una labor de
impacto frente a esta situación, que permita
en sus estudiantes recuperar y fortalecer la interculturalidad. O por lo
menos visibilizar la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana, que
se vea ésta como riqueza cultural.
FUNDAMENTACIÓN CONCEPTUAL
Fundamentación Legal
La Constitución
Política de Colombia de 1991, en su artículo 7: “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la
Nación”. Pero desde tiempos anteriores, el Consejo Regional Indígena del
Cauca (CRIC), a partir de las formulaciones de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) ha luchado por una educación acorde a la cultura. " Con el decreto 1142 de 1978 se
reglamenta la educación especial para
los indígenas bajo los principios de la etnoeducación, entendida como : “ un proceso social permanente inmerso en la cultura propia, que permite conforme a las necesidades, intereses y opiniones
de un pueblo, formar a sus individuos
para ejercer su capacidad social
de decisión mediante
el conocimiento de su cultura,
teniendo en cuenta los valores
del grupo étnico que
permitan su reconocimiento a la vez, relación con otras culturas y con la sociedad hegemónica en términos de mutuo respeto” [1]
Por su parte la
Ley 115 de 1994, o Ley General de Educación; en su artículo 14-literal b insta
a las Instituciones Educativas a diseñar una educación que fomente las diversas
culturas. En el capítulo III, artículos del 55 – 63, desarrolla los componentes
de la educación para los grupos étnicos:
CAPITULO
3 (Ley 115 de 1994)
Educación
para grupos étnicos
ARTICULO 55. Definición de etnoeducación. Se entiende por
educación para grupos étnicos la que se ofrece a grupos o comunidades que integran
la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos
fueros propios y autóctonos. Esta educación debe estar ligada al ambiente, al
proceso productivo, al proceso social y cultural, con el debido respeto de sus
creencias y tradiciones.
PARÁGRAFO. En funcionamiento las entidades territoriales
indígenas se asimilarán a los municipios para efectos de la prestación del
servicio público educativo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos
en la Ley 60 de 1993 y de conformidad con lo que disponga la ley de
ordenamiento territorial.
ARTICULO 56. Principios y fines. La educación en los grupos
étnicos estará orientada por los principios y fines generales de la educación
establecidos en la integralidad, interculturalidad, diversidad lingüística,
participación comunitaria, flexibilidad y progresividad. Tendrá como finalidad
afianzar los procesos de identidad, conocimiento, socialización, protección y
uso adecuado de la naturaleza, sistemas y prácticas comunitarias de organización, uso de las lenguas vernáculas, formación
docente e investigación en todos los ámbitos de la cultura.
ARTICULO 57. Lengua materna. En sus respectivos
territorios, la enseñanza de los grupos étnicos con tradición lingüística,
propia será bilingüe, tomando como fundamento escolar la lengua materna del
respectivo grupo, sin detrimento de lo dispuesto en el literal c) del artículo
21 de la presente Ley.
ARTICULO 58. Formación de educadores para grupos étnicos.
El Estado promoverá y fomentará la formación de educadores en el dominio de las
culturas y lenguas de los grupos étnicos, así como programas sociales de
difusión de las mismas.
ARTICULO 59. Asesorías especializadas. El Gobierno Nacional
a través del Ministerio de Educación Nacional y en concertación con los grupos
étnicos prestará asesoría especializada en el desarrollo curricular, en la
elaboración de textos y materiales educativos y en la ejecución de programas de
investigación y capacitación etnolinguística.
ARTICULO 60. Intervención de organismos internacionales. No
podrá haber injerencia de organismos internacionales, públicos o privados en la
educación de los grupos étnicos, sin la aprobación del Ministerio de Educación
Nacional y sin el consentimiento de las comunidades interesadas.
ARTICULO 61. Organizaciones educativas existentes. Las
organizaciones de los grupos étnicos que al momento de entrar en vigencia esta
Ley se encuentren desarrollando programas o proyectos educativos, podrán
continuar dicha labor directamente o mediante convenio con el gobierno
respectivo, en todo caso ajustados a los planes educativos regionales y
locales.
ARTICULO 62. Selección de educadores. Las autoridades
competentes, en concertación con los grupos étnicos, seleccionarán a los
educadores que laboren en sus territorios, preferiblemente, entre los miembros
de las comunidades en ellas radicados. Dichos educadores deberán acreditar
formación en etnoeducación, poseer conocimientos básicos del respectivo grupo
étnico, en especial de su lengua materna, además del castellano. La
vinculación, administración y formación de docentes para los grupos étnicos se
efectuará de conformidad con el estatuto docente y con las normas especiales
vigentes aplicables a tales grupos.
El Ministerio de Educación Nacional, conjuntamente con las
entidades territoriales y en concertación con las autoridades y organizaciones
de los grupos étnicos establecerán programas especiales para la formación y
profesionalización de etnoeducadores o adecuará los ya existentes, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en esta ley y en la Ley 60 de 1993.
ARTICULO 63. Celebración de contratos. Cuando fuere
necesaria la celebración de contratos para la prestación del servicio educativo
para las comunidades de los grupos étnicos, dichos contratos se ajustarán a los
procesos, principios y fines de la etnoeducación y su ejecución se hará en
concertación con las autoridades de las entidades territoriales indígenas y de
los grupos étnicos
Posteriormente,
continuando con el proceso de
reglamentación de la Constitución de 1991, se formula la Ley 70 de 1993 o “Ley de Negritudes”; por la cual se
desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política, en su
capítulo VI, se presentan los mecanismos
para la protección y
desarrollo de los derechos y de la identidad cultural;
específicamente en el artículo 32. “El Estado colombiano
reconoce y garantiza a las comunidades negras el derecho a un proceso educativo
acorde con sus necesidades y aspiraciones etnoculturales”.
Seguidamente
en su artículo 34: La educación para las comunidades negras debe tener en
cuenta:
•El medio
ambiente, el proceso productivo y toda la vida social y cultural de estas
comunidades.
•Los
programas curriculares: (el respeto y el fomento de su patrimonio económico,
natural, cultural y social, sus valores artísticos, sus medios de expresión y
sus creencias religiosas).
•Deben partir de la cultura (actividades y destrezas) para
desenvolverse en su medio social.
Artículo 39: El Estado velará para que en el
sistema nacional educativo se conozca y se difunda el conocimiento de las
prácticas culturales propias de las comunidades negras y sus aportes a la
historia y a la cultura colombiana, a fin de que ofrezcan una información equitativa
y formativa de las sociedades y culturas de estas comunidades. Estableciendo
además, la obligatoriedad de incluir en los diferentes niveles educativos la
cátedra de estudios afro colombianos.
Posteriormente el
Ministerio de Educación Nacional expide el Decreto 1122 de 1998 Desarrollo de
cátedra de estudios afrocolombiano (Artículos del 1 al 11). Para que se difunda
la cultura de las comunidades afrocolombianas en dentro del Arrea de Ciencias
Sociales y los proyectos pedagógicos complementarios.
[1]
BODNAR CONTRERAS; Citado por
RUIZ USMA Y SÁNCHEZ MONSALVE. Diagnóstico
Económico, Académico, Cultural y Social de los Estudiantes Indígenas de la U de
A. Universidad de Antioquia. Medellín. 1998. Página 49.
ENFOQUE
Y PRINCIPIOS
El proyecto se rige
principalmente por los siguientes enfoques:
1. Enfoque de Derechos Humanos: En relación con el marco legal que
imponen los Tratados Internacionales y la Constitución Política de Colombia
2-
Enfoque de Género: Si bien el artículo 43 de la Carta Magna
señala: “La mujer y el hombre
tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a
ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará
de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio
alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. “El Estado apoyará
de manera especial a la mujer cabeza de familia”. Aún en las prácticas
cotidianas se tiene mucho por hacerlo realidad.
3. Enfoque Diferencial: Como un principio de actuación y
mecanismo de respeto y ejercicio de los derechos desde la diferencia étnica, de
géneros, de procedencia territorial, de contexto social, de edad orientación e
identidad sexual o por condición de discapacidad.
En nuestro caso el enfoque
diferencial es el que guía las acciones del proyecto, al permitirnos leer la
realidad de los diferentes grupos étnicos, haciendo visibles las diferentes
formas de discriminación que hace el resto de la población a través de los
medios de comunicación, las acciones cotidianas e inclusive desde la misma
Escuela.
Para ser más precisos nos
enmarcamos en el enfoque diferencial étnico que plantea el Alto comisionado de
las Naciones Unidas para los derechos Humanos (ACNUR).
El enfoque
étnico es otro componente del enfoque diferencial. Tiene que ver con la
diversidad étnica y cultural. Esta diversidad se manifiesta en la singularidad
y a la vez en la pluralidad de las identidades que caracterizan los grupos y
sociedades que contribuyen a la riqueza de la humanidad. Es fuente de
innovaciones, de creatividad y de mantenimiento de la necesaria diversidad
biológica. Existen numerosas fuentes de Naciones Unidas que han hecho
jurisprudencia sobre este asunto, particularmente con relación a los pueblos
indígenas y tribales y han propuesto, como en el caso del Convenio 169 sobre
Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT (27 de junio de
1989), criterios para su identificación.
Tanto el Convenio como la Declaración sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas (13/09/20007) colocan el elemento
subjetivo como fundamento de la auto identificación: “La conciencia de su
identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para
determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente
Convenio”.
Las comunidades afro, negras,
palenqueras y raizales, son igualmente objeto de este enfoque. La sentencia
T955 de la Corte Constitucional y la Ley 70 de 1.993 fundamentan los derechos a
que tienen derecho las anteriores comunidades. Podemos agregar a esta lista el
llamado pueblo Rom[1].
COMPETENCIAS
CIUDADANAS
Las competencias ciudadanas se
refieren tanto a lo que el estudiante sabe, sus habilidades para aprender, su
capacidad para resolver problemas de la vida cotidiana, así como para
interactuar con los demás. Estas habilidades articuladas entre sí permiten que
se actúe de manera positiva en una sociedad democrática, respetando las
diferencias tanto en la Escuela como en la sociedad.
A la Escuela no solo se viene
a formar pensamiento y a prepararse para exámenes y pruebas SABER, es necesario
fomentar el desarrollo moral del estudiante.
“El desarrollo moral se entiende como el avance cognitivo y emocional que
permite a cada persona tomar decisiones cada vez más autónomas y realizar
acciones que reflejen una mayor preocupación por los demás y por el bien común.
Estas decisiones y acciones no implican, necesariamente, la renuncia a los
intereses personales, sino más bien, la construcción de un diálogo y una
comunicación permanente con los demás, que permita encontrar balances justos y
maneras de hacer compatibles los diversos intereses involucrados”.[2]
Sabemos que no lo
podemos hacer solos. La formación En Competencias Ciudadanas, requiere de la
construcción de ambientes democráticos y respetuosos de las diferencias en el
contexto del estudiante: el hogar y la Institución Educativa. Pero también
sabemos que dicha formación puede lograr la transformación de ese mismo
contexto.
OBJETIVO GENERAL
Divulgar en el
estudiantado de la IER Cristales, el legado sociocultural que han aportado los
diferentes grupos étnicos que habitan el territorio colombiano en la
construcción de la identidad de la nación colombiana
OBJETIVOS ESPECÌFICOS
· Dar a conocer los valores de socioculturales que han
aportado a la construcción de la identidad colombiana los diferentes grupos étnicos:
Indígenas, afrodescendientes, raizales y comunidad rom.
· Desarrollar acciones pedagógicas que le permitan al
estudiantado reconocerse dentro de una nación pluriétnica y pluricultural,
viendo ésta diversidad como riqueza y no factor de discriminación.
· Concienciar a la comunidad educativa para que en sus
acciones y proyectos pedagógicos incluyan el enfoque diferencial - étnico.
METODOLOGÍA
El proyecto de Etnoeducación y Educación Intercultural
es liderado por el ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES, la cual cuenta con sus recursos
epistemológicos y pedagógicos para su implementación. Se busca que en el futuro
las demás Áreas introduzcan el enfoque diferencial; así como contenidos de tipo
étnico en sus clases.
A diferencia de los actos Cívicos del mes de Mayo (Día de
la Afrocolombianidad) y del mes de Octubre (Día de la Identidad Cultural); los
demás contenidos son propios del Plan de Aula de Ciencias Sociales.
CRONOGRAMA ACTIVIDADES
Que cada Docente
de que imparte el Área de Ciencias Sociales, de 1° a 11°. Al desarrollar los
ESTÁNDARES Y COMPETENCIAS propios del área. Tener presente en el Proceso “Relación con la Historia y las Culturas”
y en cada subproceso, HACER VISIBLE la historia, las características, los
aportes y conflictos; que han vivenciado las culturas indígenas y
afrodescendientes, tanto en el continente americano y en los territorios
colombianos y antioqueño.
Que el docente
haga énfasis en que somos producto del encuentro, conflictivo, por cierto, de
muchas culturas y que, en vez de verlo como amenaza, se empiece a percibir como
riqueza cultural.
Formar al
estudiantado en estos valores de la DIVERSIDAD, es formar a un ciudadano capaz
de entender a quién piensa, se comporta, habla, se viste y siente diferente,
sin entrar en conflicto y mucho menos recurrir a la violencia.
Se conmemorarán
y realizarán las siguientes actividades complementarias:
Ø
Realización
de carteleras que incluyan el componente étnico, de manera parmente.
Ø
21
de mayo: Día de la Afrocolombianidad: Conmemoración de la abolición de la
esclavitud
Ø
19
de julio: Día del Grito de Independencia: Participación de las comunidades
negras e indígenas en el proceso de independencia
Ø
11
de agosto: Día de la Antioqueñidad: HACER VISIBLE la presencia afroantioqueña y
de los 5 grupos indígenas en el territorio antioqueño.
Ø
12
de octubre: Acto Cívico “Día de la Identidad y Diversidad Cultural de la
Nación. Reflexión crítica sobre el encuentro cultural
Se sugiere a las directivas de la Institución y al Consejo
Académico, solicitar al ente competente, la formación de todo el equipo docente
en enfoque diferencial y en etnoeducación. Pero mientras esto ocurre, cada
docente se vaya familiarizando con los conceptos y encontrando como puede
vincular el proceso formativo de su respectiva ÁREA con un enfoque diferencial
étnico, desarrollando procesos etnoeducativos desde su respectivo
currículo.
EVALUACIÓN
Esta evaluación
se hará continua y permanente velando por la realización de cada una de las
actividades programadas para cada mes o actividad contenida en los planes aula
de los diferentes docentes, presentando las evidencias correspondientes a los
temas tratados al finalizar el año lectivo.
RECURSOS
Creatividad y
formación del profesorado.
BIBLIOGRAFIA
ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE. Constitución Política de 1991. http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia.pdf
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Ley General de Educación. Ley 115 del 08 de febrero de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Decreto 1860 de agosto 03 de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Estándares Básicos Competencias Ciudadanas.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Decreto 1122 de junio 18 de 1998 por el cual
se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos,
en todos los establecimientos de educación formal del país y se dictan otras
disposiciones.
MINISTERIO DEL INTERIOR. Ley
70 de agosto 27 de 1993. Por el cual se desarrolló el artículo 55 transitorio
de la Constitución Política.
IER
CRISTALES, Proyecto Transversal de Democracia y Construcción de
ciudadanías. Cristales 2018.
SÁNCHEZ MONSALVE, Alba Nidia y
RUIZ USMA, Diana Lucía. Diagnóstico Económico, Académico, Cultural y Social de
los Estudiantes Indígenas de la U de A. Universidad de Antioquia. Medellín.
1998.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE
ANTIOQUIA. Red de Etnoeducación. Propuesta de Mallas Curriculares. Medellín
2015.
PITRE
REDONDO, Farides Margarita. Etnoeducación Afrocolombiana - Educación
Intercultural Para Las Comunidades
Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras Escenarios posibles en el
sistema educativo colombiano.2013.
OFICINA DEL ALTO COMISINADO DE LAS NACIONES
UNIDAS: UNA EXCELENTE PREGUNTA SOBRE UN TEMA QUE EN COLOMBIA REQUIERE DE
RESPUESTAS INMEDIATAS
/http://www.hchr.org.co/index.php/76-boletin/recursos/2470-ique-es-el-enfoque-diferencial