sábado, 17 de noviembre de 2018

PROYECTO DEMOCRACIA 2018





PROYECTO TRANSVERSAL DE DEMOCRACIA Y CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍAS





Responsables  
ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS










INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL CRISTALES
SAN ROQUE
CRISTALES - MARZO DE 2018






PRESENTACIÓN





La promoción de la Convivencia Escolar, de los Derechos Humanos (DH) y de la participación y responsabilidad democrática, no solo debe ser una acción consagrada en la Constitución Política, sino que debe trascender a la vida cotidiana; y es ahí donde la Escuela  como formadora de los principios democráticos   cumple con su función educativa en este campo.

Dentro de la IER Cristales el “Proyecto Transversal de Democracia y Construcción de Ciudadanías”, se convierte en una apuesta desde las Áreas de Ciencias Sociales Integradas y de Educación Ética y Valores Humanos por la transformación de las prácticas escolares democráticas; el fortalecimiento  de los mecanismos de participación política y social;  el manejo alternativo de los conflictos  vistos como posibilidades de crecimiento Institucional  y la construcción  de una cultura  re-creadora de valores,  y la construcción de normas  de manera colectiva,  que propendan por una cultura de paz, del respeto a los DH y    el  cuidado del  medio ambiente.

Desde este Proyecto se hará el llamado permanente para que todas las disciplinas del conocimiento, que tienen una tarea formadora,  no solo en las competencias específicas de su respectiva Área, sino desde las Competencias Ciudadanas, participen haciendo suyas las actividades que se emprendan.




















JUSTIFICACIÓN

La declaración Universal de los de los Derechos Humanos establece la Educación como un derecho humano universal que propenda por el pleno desarrollo de la persona humana y el fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales   cuyo objeto no es otro que la construcción de la paz. (Artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Por su parte la Constitución Política de Colombia de 1991 retoma este marco jurídico   y lo introduce a su marco legal; introduciendo a nuestro país como un Estado Social y Democrático de Derecho (Articulo 1). Y en los derechos fundamentales, nuestra Carta Magna señala:
“En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana” (Artículo 41).

En consonancia con lo anterior, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) define la educación como un proceso de educación permanente personal, cultural y social que se fundamente en una concepción integral del ser humano, en su dignidad, deberes y derechos; estableciendo la obligatoriedad de la educación para la justicia, la democracia  y la paz. (Artículo 14, Ley 115 de 1994).
La Ley 1029 del 12 de junio de 2006. Por la cual se modifica el artículo 14 de la ley 115 de 1994. Profundiza en los anteriores aspectos. Insta a una formación sobre jurisdicción de paz, manejo alternativo de los conflictos, derecho de familia y laboral, entre otros (literal a)… La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos. (Literal d). A excepción de la Enseñanza de la Constitución, no se requiere de un Área específica, sino que dicha formación es transversal al currículo de todas las Áreas.
La reglamentación de la Ley General de Educación, en el Decreto 1860 de 1994 estipula: “El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como de la experiencia acumulada. La enseñanza prevista en el artículo 14 de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos”. (Artículo 36)
Pero formar en la Cultura de la paz, la democracia y los derechos humanos no es solo una tarea de la educación formal, hace parte de la corresponsabilidad que deben asumir las organizaciones comunitarias de base; los medios de comunicación y la sociedad en general. Esto lo tuvo bien claro la política estatal en el año 2003, cuando publicó los “Estándares Básicos en Competencias Ciudadanas: Formar para la Ciudadanía si es posible”
Este marco normativo lo tiene presenta la Institución Educativa Rural Cristales al buscar una formación integral basada en los principios y valores democráticos (Respeto, Legalidad, Justicia, Participación, Responsabilidad, Solidaridad, Tolerancia, Honestidad, Autonomía y Pluralismo). Que respondan a los retos que le demanda la sociedad actual local y nacional en medio del pos – conflicto, y donde EL PROYECTO PEDAGÓGICO DE DEMOCRACIA Y CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍAS tiene el reto de contribuir a la formación de una nuevas ciudadanías en perspectiva de derechos donde nuestro estudiantado pueda “RESPETAR, DEFENDER y PROMOVER los derechos fundamentales relacionándolos con las situaciones de la vida cotidiana en las que éstos pueden ser vulnerados, tanto por las propias acciones, como por las acciones de otros. En esas situaciones, las competencias ciudadanas representan las habilidades y los conocimientos necesarios para construir convivencia, participar democráticamente y valorar el pluralismo” [1]

DIAGNÓSTICO[2]
El corregimiento de Cristales es un centro poblado ubicado a 17 kilómetros de la cabecera municipal (San Roque). Equidistante entre San José del Nus y la Cabecera municipal. Cuenta con cerca de 100 años de fundado.
La población estimada en el año 2008 era de 1500 personas, se cuenta en la actualidad con cerca de 200 viviendas para una relación de 5.5 habitantes por vivienda y con limitaciones en cuanto a expansión por las condiciones topográficas de la región. Entre las actividades laborales de la población están el comercio, servicios, agricultura y minería en el área rural. Fecha de última actualización: 19 de diciembre de 2009[3]
En el año de 1970 empieza a funciona en el corregimiento de Cristales el Colegio, como anexo al Liceo San Roque; para el año de 1974 funciona de manera independiente y en el año de 1984 realiza la primera promoción de estudiantes Bachilleres.  Para el año de 1994 con la nueva Ley de educación, se forman Bachilleres con énfasis en Cooperativismo Agrícola.
En diferentes etapas de su vida institucional, el colegio se ha visto afectado por la violencia, el 28 de febrero de 1989 con el asesinato de la hermana Teresita Ramírez Vargas, docente de la institución, quien fue acribillada en frente de sus estudiantes. Al igual que a mediados de la década de los 90s con la presencia de diferentes grupos al margen de la ley, quienes sembraron el terror y provocaron la muerte y desplazamiento de un número considerable de sus habitantes.
En la actualidad la Institución Educativa Rural Cristales cuenta con 8 sedes: Sede Colegio Cristales, Sede Quiebra Honda (Liborio Mejía), Sede la Inmaculada, Sede Manizales, Sede El Diluvio, Sede Guacas, Sede San Antonio, Sede Peñas Azules y una jornada de Sabatino.
El estar inmersos dentro de una comunidad   pequeña hace que el que hacer Institucional    esté conectado con el de la comunidad. Por ello el sentido de la participación democrática del estudiantado se encuentra permeado por la manera de cómo la población Cristaleña conoce y entiende el funcionamiento del Estado y de la Institución Educativa.  
Como una población rural que ha vivenciado todas las violencias y la marginación social, que ha deteriorado el tejido social repercute de alguna manera en el que hacer pedagógico. Si bien en la Institución Educativa se trabaja para que el estudiantado conozca la Constitución, las leyes y las normas escolares aún existe un espacio que hay que llenar, que esta normatividad cobre sentido en la vida cotidiana.
Pues lo que se enseña en la Institución no siempre está en correspondencia de lo que se aprende en los hogares y en la sociedad. Los mismos habitantes (padres y estudiantado) reconocen que existen situaciones de violencia Intrafamiliar, social, maltrato a la niñez y los adultos mayores; escaso sentido de pertenencia que se ve reflejado en la indiferencia a la hora de participar en los órganos de representación tanto en el ámbito comunitario como escolar, pues se espera que los “otros lo hagan” y pocas veces se tiene iniciativa.





MARCO CONCEPTUAL

La Constitución Política de Colombia establece como principio fundamental la convivencia democrática en un estado Social de Derecho,  de manera particular como fin esencial del Estado, la formación del ciudadano en el respeto a la vida, en la práctica de los Derechos Humanos; la Democracia Participativa y la búsqueda de la Paz dentro de la convivencia ciudadana. El artículo 41 de la constitución política de 1991 enuncia: “en todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentaran prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana.”  Igualmente en el artículo 45 “El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, el Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección y progreso de la juventud”.  Todo esto ha dado origen a diversos mecanismos de participación, donde los jóvenes pueden incidir en decisiones importantes buscando un beneficio colectivo como lo son: El Gobierno Escolar, la Personería y Contraloría Escolar, El Consejo Estudiantil,  el Representante Estudiantil ante el Consejo Directivo, entre otros espacios de participación política.
La ley 115 de 1994 por medio de la cual se expide la Ley General de Educación, desarrolla estos principios al instruir la obligatoriedad del estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica y la educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación en valores humanos. Que una de las finalidades del servicio público educativo es la formación en los valores y prácticas democráticas, con el fin de ejercitar al ciudadano  colombiano desde temprana edad, en la participación de decisiones que afectan la vida económica, social, política, administrativa y cultural del país.

 ENFOQUE Y PRINCIPIOS
Al ser el estudiantado la población objetivo fundamental de éste proyecto, en el año 2013 el Estado Colombiano promulga la Ley Estatutaria 1622 o el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, que entra a reemplazar la Ley de la Juventud (Ley 375 del 04 de julio de 1997).  Y como en todo el actual marco jurídico se rige por los siguientes enfoques (Articulo 3):
“1. Enfoque de Derechos Humanos: En relación con el marco legal que imponen los Tratados Internacionales y la Constitución Política de Colombia.
2. Enfoque Diferencial: Como un principio de actuación y mecanismo de respeto y ejercicio de los derechos desde la diferencia étnica, de géneros, de procedencia territorial, de contexto social, de edad orientación e identidad sexual o por condición de discapacidad.
3. Enfoque de Desarrollo Humano: Bajo el cual se reconocen y promueven las capacidades y potencialidades de las personas a partir de la generación de oportunidades para decidir.
4. Enfoque de Seguridad Humana: Bajo el cual se busca garantizar unas condiciones mínimas que generen seguridad emocional, física,   sicológica, de las personas y las sociedades y asegurar la convivencia pacífica en cada territorio”.

COMPETENCIAS CIUDADANAS
Las competencias ciudadanas se refieren tanto a lo que el estudiante sabe, sus habilidades para aprender, su capacidad para resolver problemas de la vida cotidiana, así como para interactuar con los demás. Estas habilidades articuladas entre sí permiten que se actúe de manera positiva en una sociedad democrática, respetando las diferencias tanto en la Escuela como en la sociedad.
A la Escuela no solo se viene a formar pensamiento y a prepararse para exámenes y pruebas SABER, es necesario fomentar el desarrollo moral del estudiante.

“El desarrollo moral se entiende como el avance cognitivo y emocional que permite a cada persona tomar decisiones cada vez más autónomas y realizar acciones que reflejen una mayor preocupación por los demás y por el bien común. Estas decisiones y acciones no implican, necesariamente, la renuncia a los intereses personales, sino más bien, la construcción de un diálogo y una comunicación permanente con los demás, que permita encontrar balances justos y maneras de hacer compatibles los diversos intereses involucrados”.[4]

Sabemos que no lo podemos hacer solos. La formación En Competencias Ciudadanas, requiere de la construcción de ambientes democráticos en el contexto del estudiante: el hogar y la Institución Educativa. Pero también sabemos que dicha formación puede lograr la transformación de ese mismo contexto. 







Tomado de Estándares y Competencias Ciudadanas página 10






En el transcurso de este proyecto se establecerán diversos elementos conceptuales que enriquecerán ampliamente la comprensión de la existencia de los diversos estamentos del gobierno escolar y que hace parte de este marco conceptual.

OBJETIVO GENERAL
Ø  Fortalecer  el desarrollo de conocimientos, actitudes, y competencias necesarias para participación democrática que permita actuar como ciudadanos comprometidos con la transformación de su entorno.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Ø  Conocimiento de las funciones del gobierno escolar y promoción de la participación activa en éste, del Estudiantado.
Ø  Fomento del estudio de la Constitución Política  y de la legislación que sustenten los deberes  y derechos  de la Comunidad Educativa
Ø  Promoción de espacios de participación social y política, cimentados en los valores democráticos.
Ø  Desarrollo de actividades de tipo académico y pedagógico relacionadas con la conmemoración de hechos y sucesos históricos de Colombia y el mundo; representativos de los Derechos Humano y promotores s valores democráticos.
Ø  Fomento de la cultura de paz, de respeto a los derechos Humanos, del Cuidado del medio ambiente , del manejo alternativo de los conflictos, del respeto por las diferencias y de inclusión social; como la mejor forma de formar ciudadanos responsables y constructores de paz

ESTRATEGIAS Y METODOLÓGICAS:
Las actividades del Proyecto se desarrollarán dentro del plan de aula de las Áreas de Ciencias Sociales – Integradas y Educación Ética y Valores Humanos. En el trabajo Colaborativo con los demás proyectos transversales en especial con el proyecto (Proyecto Ambiental Escolar) PRAES; el apoyo formativo a las actividades de participación escolar y los grupos que surjan con iniciativas de trascender el aula hacia la comunidad educativa.




 RECURSOS

Humanos: Estudiantes, padres de familia, docentes, Personero Municipal, Contraloría Departamental, Conferencistas provenientes del Hospital ESE San Roque, Parroquia Cristales, entre otros.
Didácticos: Libro de la Constitución Política de 1991, folletos, textos, periódicos, revistas, cartulinas, grabadoras, películas, pagina web, carteleras, TV, USB, cable HDMI, impresiones, copias entre  otros.
Instituciones y organizaciones : Institución Educativa Rural Cristales, Hospital ESE San Roque, Personería Municipal, Alcaldía Municipal, Rectoría, Consejo Directivo, Consejo de Padres,  Consejo Estudiantes, Personería Escolar, Contraloría Escolar, Ese Carisma, Parroquia Cristales.
Físicos: Coliseo y aulas de clase de la Institución Educativa, cubículos, carteleras, insignias o condecoraciones.  
Económicos: Queda bajo la responsabilidad de la administración de la Institución Educativa de acuerdo al presupuesto disponible para este proyecto de formación democrática y a la gestión de los que lo lideran.

 EVALUACIÓN
La evaluación es un proceso continuo donde sus mejores indicadores serán la apropiación que de las prácticas democráticas haga el estudiantado de la Institución Educativa Rural Cristales, así como de su participación en los diferentes estamentos del gobierno escolar y de los proyectos pedagógicos que se desarrollen. Su capacidad para resolver los conflictos de una manera más creativa y sin recurrir a la violencia.

CRONOGRAMA

Ver anexo en Excel




BIBLIOGRAFÍA

ONU. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948. Tomado de: http://www.hchr.org.co/documentoseinformes/documentos/carceles/1_Universales/B%E1sicos/1_Generales_DH/1_Declaracion_Universal_DH.pdf
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE. Constitución Política de 1991. http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia.pdf
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Ley General de Educación. Ley 115 del 08 de febrero de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Decreto 1860 de agosto 03 de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Ley 1029 del 12 de junio de 2006. Por la cual se modifica el artículo 14 de la ley 115 de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Estándares Básicos Competencias Ciudadanas.
IER Cristales. Proyecto Educativo Institucional. (PEI) 2014.
SÁNCHEZ MONSALVE, Alba Nidia. Proyecto Pedagógico de Dirección de Grupo, grado 7°. Marzo de 2018.
COLOMBIA JOVEN. Estatuto de Ciudadanía Juvenil, Ley 1622 de 2013.
ÓRGANO DE DIFUSIÓN DEL PROYECTO DE DEMOCRACIA: http://lagacetaestudiantilcristales2014.blogspot.com.co/2018/
  




[1] MEN. Estándares Básicos En Competencias Ciudadanas. Formar en Ciencias si es Posible.  P. 6
[2] Se hace necesario realizar una autodiagnóstico que dé cuenta de la realidad actual y permita la re-significación (volver a significar) las realidades sociales y los valores democráticos.   En esa tarea debemos trabajar desde todas las sede.
[4] MEN. Estándares de Competencias Ciudadanas página 8





































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