PROYECTO TRANSVERSAL DE DEMOCRACIA Y CONSTRUCCIÓN DE
CIUDADANÍAS
Responsables
ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS
INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL CRISTALES
SAN ROQUE
CRISTALES - MARZO DE 2018
PRESENTACIÓN
La promoción de la
Convivencia Escolar, de los Derechos Humanos (DH) y de la participación y
responsabilidad democrática, no solo debe ser una acción consagrada en la
Constitución Política, sino que debe trascender a la vida cotidiana; y es ahí
donde la Escuela como formadora de los
principios democráticos cumple con su función
educativa en este campo.
Dentro de la IER
Cristales el “Proyecto Transversal de Democracia
y Construcción de Ciudadanías”, se convierte en una apuesta desde las Áreas
de Ciencias Sociales Integradas y de Educación Ética y Valores Humanos por la
transformación de las prácticas escolares democráticas; el fortalecimiento de los mecanismos de participación política y
social; el manejo alternativo de los
conflictos vistos como posibilidades de
crecimiento Institucional y la construcción de una cultura re-creadora de valores, y la construcción de normas de manera colectiva, que propendan por una cultura de paz, del
respeto a los DH y el cuidado del medio ambiente.
Desde este Proyecto
se hará el llamado permanente para que todas las disciplinas del conocimiento,
que tienen una tarea formadora, no solo
en las competencias específicas de su respectiva Área, sino desde las
Competencias Ciudadanas, participen haciendo suyas las actividades que se
emprendan.
JUSTIFICACIÓN
La declaración
Universal de los de los Derechos Humanos establece la Educación como un derecho
humano universal que propenda por el pleno desarrollo de la persona humana y el
fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades
fundamentales cuyo objeto no es otro
que la construcción de la paz. (Artículo 26 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos). Por su parte la Constitución Política de Colombia de 1991
retoma este marco jurídico y lo introduce a su marco legal; introduciendo
a nuestro país como un Estado Social y Democrático de Derecho (Articulo 1). Y en
los derechos fundamentales, nuestra Carta Magna señala:
“En todas las instituciones de educación, oficiales
o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción
Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de
los principios y valores de la participación ciudadana” (Artículo 41).
En consonancia con lo
anterior, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) define la educación
como un proceso de educación permanente personal, cultural y social que se
fundamente en una concepción integral del ser humano, en su dignidad, deberes y
derechos; estableciendo la obligatoriedad de la educación para la justicia, la
democracia y la paz. (Artículo 14, Ley
115 de 1994).
La Ley 1029 del 12 de
junio de 2006. Por la cual se modifica el artículo 14 de la ley 115 de 1994.
Profundiza en los anteriores aspectos. Insta a una formación sobre jurisdicción
de paz, manejo alternativo de los conflictos, derecho de familia y laboral,
entre otros (literal a)… La educación para la
justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el
cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos. (Literal d).
A excepción de la Enseñanza de la Constitución, no se requiere de un Área
específica, sino que dicha formación es transversal al currículo de todas las
Áreas.
La reglamentación de la
Ley General de Educación, en el Decreto 1860 de 1994 estipula: “El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que
de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas
cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social,
cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de
correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades,
destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así
como de la experiencia acumulada. La enseñanza prevista en el artículo 14 de la
Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos”.
(Artículo 36)
Pero formar en la
Cultura de la paz, la democracia y los derechos humanos no es solo una tarea de
la educación formal, hace parte de la corresponsabilidad que deben asumir las
organizaciones comunitarias de base; los medios de comunicación y la sociedad
en general. Esto lo tuvo bien claro la política estatal en el año 2003, cuando
publicó los “Estándares Básicos en
Competencias Ciudadanas: Formar para la Ciudadanía si es posible”
Este marco normativo lo
tiene presenta la Institución Educativa Rural Cristales al buscar una formación
integral basada en los principios y valores democráticos (Respeto, Legalidad,
Justicia, Participación, Responsabilidad, Solidaridad, Tolerancia, Honestidad,
Autonomía y Pluralismo). Que respondan a los retos que le demanda la sociedad
actual local y nacional en medio del pos – conflicto, y donde EL PROYECTO
PEDAGÓGICO DE DEMOCRACIA Y CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍAS tiene el reto de contribuir
a la formación de una nuevas ciudadanías en perspectiva de derechos donde
nuestro estudiantado pueda “RESPETAR,
DEFENDER y PROMOVER los derechos fundamentales relacionándolos con las situaciones de la
vida cotidiana en las que éstos pueden ser vulnerados, tanto por las propias
acciones, como por las acciones de otros. En esas situaciones, las competencias
ciudadanas representan las habilidades y los conocimientos necesarios para construir
convivencia, participar democráticamente y valorar el pluralismo” [1]
DIAGNÓSTICO[2]
El corregimiento de
Cristales es un centro poblado ubicado a 17 kilómetros de la cabecera municipal
(San Roque). Equidistante entre San José del Nus y la Cabecera municipal.
Cuenta con cerca de 100 años de fundado.
La población estimada en el año 2008 era de 1500 personas, se cuenta en
la actualidad con cerca de 200 viviendas para una relación de 5.5 habitantes
por vivienda y con limitaciones en cuanto a expansión por las condiciones
topográficas de la región. Entre las actividades laborales de la población
están el comercio, servicios, agricultura y minería en el área rural. Fecha
de última actualización: 19 de diciembre de 2009[3]
En el año de 1970
empieza a funciona en el corregimiento de Cristales el Colegio, como anexo al
Liceo San Roque; para el año de 1974 funciona de manera independiente y en el
año de 1984 realiza la primera promoción de estudiantes Bachilleres. Para el año de 1994 con la nueva Ley de
educación, se forman Bachilleres con énfasis en Cooperativismo Agrícola.
En diferentes etapas de
su vida institucional, el colegio se ha visto afectado por la violencia, el 28
de febrero de 1989 con el asesinato de la hermana Teresita Ramírez Vargas,
docente de la institución, quien fue acribillada en frente de sus estudiantes.
Al igual que a mediados de la década de los 90s con la presencia de diferentes
grupos al margen de la ley, quienes sembraron el terror y provocaron la muerte y
desplazamiento de un número considerable de sus habitantes.
En la actualidad la
Institución Educativa Rural Cristales cuenta con 8 sedes: Sede Colegio
Cristales, Sede Quiebra Honda (Liborio Mejía), Sede la Inmaculada, Sede
Manizales, Sede El Diluvio, Sede Guacas, Sede San Antonio, Sede Peñas Azules y
una jornada de Sabatino.
El estar inmersos
dentro de una comunidad pequeña hace
que el que hacer Institucional esté
conectado con el de la comunidad. Por ello el sentido de la participación
democrática del estudiantado se encuentra permeado por la manera de cómo la
población Cristaleña conoce y entiende el funcionamiento del Estado y de la
Institución Educativa.
Como una población
rural que ha vivenciado todas las violencias y la marginación social, que ha
deteriorado el tejido social repercute de alguna manera en el que hacer
pedagógico. Si bien en la Institución Educativa se trabaja para que el
estudiantado conozca la Constitución, las leyes y las normas escolares aún
existe un espacio que hay que llenar, que esta normatividad cobre sentido en la
vida cotidiana.
Pues lo que se enseña
en la Institución no siempre está en correspondencia de lo que se aprende en
los hogares y en la sociedad. Los mismos habitantes (padres y estudiantado)
reconocen que existen situaciones de violencia Intrafamiliar, social, maltrato a
la niñez y los adultos mayores; escaso sentido de pertenencia que se ve
reflejado en la indiferencia a la hora de participar en los órganos de
representación tanto en el ámbito comunitario como escolar, pues se espera que
los “otros lo hagan” y pocas veces se tiene iniciativa.
MARCO CONCEPTUAL
La Constitución
Política de Colombia establece como principio fundamental la convivencia
democrática en un estado Social de Derecho, de manera particular como fin esencial del Estado,
la formación del ciudadano en el respeto a la vida, en la práctica de los
Derechos Humanos; la Democracia Participativa y la búsqueda de la Paz dentro de
la convivencia ciudadana. El artículo 41 de la constitución política de 1991
enuncia: “en todas las instituciones de
educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la
constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentaran prácticas
democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la
participación ciudadana.” Igualmente
en el artículo 45 “El adolescente tiene
derecho a la protección y formación integral, el Estado y la sociedad
garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y
privados que tengan a cargo la protección y progreso de la juventud”. Todo esto ha dado origen a diversos
mecanismos de participación, donde los jóvenes pueden incidir en decisiones
importantes buscando un beneficio colectivo como lo son: El Gobierno Escolar,
la Personería y Contraloría Escolar, El Consejo Estudiantil, el Representante Estudiantil ante el Consejo
Directivo, entre otros espacios de participación política.
La ley 115 de 1994 por
medio de la cual se expide la Ley General de Educación, desarrolla estos
principios al instruir la obligatoriedad del estudio, la comprensión y la
práctica de la Constitución y la instrucción cívica y la educación para la
justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el
cooperativismo y, en general, la formación en valores humanos. Que una de las
finalidades del servicio público educativo es la formación en los valores y
prácticas democráticas, con el fin de ejercitar al ciudadano colombiano desde temprana edad, en la
participación de decisiones que afectan la vida económica, social, política,
administrativa y cultural del país.
ENFOQUE Y PRINCIPIOS
Al ser el estudiantado
la población objetivo fundamental de éste proyecto, en el año 2013 el Estado
Colombiano promulga la Ley Estatutaria 1622 o el Estatuto de Ciudadanía
Juvenil, que entra a reemplazar la Ley de la Juventud (Ley 375 del 04 de julio
de 1997). Y como en todo el actual marco
jurídico se rige por los siguientes enfoques (Articulo 3):
“1. Enfoque de Derechos Humanos:
En relación con el marco legal que imponen los Tratados Internacionales y la
Constitución Política de Colombia.
2. Enfoque Diferencial: Como
un principio de actuación y mecanismo de respeto y ejercicio de los derechos
desde la diferencia étnica, de géneros, de procedencia territorial, de contexto
social, de edad orientación e identidad sexual o por condición de discapacidad.
3. Enfoque de Desarrollo Humano:
Bajo el cual se reconocen y promueven las capacidades y potencialidades de las
personas a partir de la generación de oportunidades para decidir.
4. Enfoque de Seguridad Humana: Bajo
el cual se busca garantizar unas condiciones mínimas que generen seguridad
emocional, física, sicológica, de las personas y las sociedades y
asegurar la convivencia pacífica en cada territorio”.
COMPETENCIAS CIUDADANAS
Las competencias
ciudadanas se refieren tanto a lo que el estudiante sabe, sus habilidades para
aprender, su capacidad para resolver problemas de la vida cotidiana, así como
para interactuar con los demás. Estas habilidades articuladas entre sí permiten
que se actúe de manera positiva en una sociedad democrática, respetando las
diferencias tanto en la Escuela como en la sociedad.
A la Escuela no solo se
viene a formar pensamiento y a prepararse para exámenes y pruebas SABER, es
necesario fomentar el desarrollo moral del estudiante.
“El desarrollo
moral se entiende como el avance cognitivo y
emocional que permite a cada persona tomar decisiones cada
vez más autónomas y realizar
acciones que reflejen una
mayor preocupación por los demás y por el bien común. Estas decisiones y
acciones no implican, necesariamente, la renuncia a los intereses personales,
sino más bien, la construcción de un diálogo y una comunicación permanente con
los demás, que permita encontrar balances justos y maneras de hacer compatibles
los diversos intereses involucrados”.[4]
Sabemos que no
lo podemos hacer solos. La formación En Competencias Ciudadanas, requiere de la
construcción de ambientes democráticos en el contexto del estudiante: el hogar
y la Institución Educativa. Pero también sabemos que dicha formación puede
lograr la transformación de ese mismo contexto.
Tomado de Estándares y Competencias Ciudadanas página 10
En el transcurso de
este proyecto se establecerán diversos elementos conceptuales que enriquecerán
ampliamente la comprensión de la existencia de los diversos estamentos del
gobierno escolar y que hace parte de este marco conceptual.
OBJETIVO GENERAL
Ø Fortalecer
el desarrollo de conocimientos,
actitudes, y competencias necesarias para participación democrática que permita
actuar como ciudadanos comprometidos con la transformación de su entorno.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Ø Conocimiento
de las funciones del gobierno escolar y promoción de la participación activa en
éste, del Estudiantado.
Ø Fomento
del estudio de la Constitución Política
y de la legislación que sustenten los deberes y derechos
de la Comunidad Educativa
Ø Promoción
de espacios de participación social y política, cimentados en los valores democráticos.
Ø Desarrollo
de actividades de tipo académico y pedagógico relacionadas con la conmemoración
de hechos y sucesos históricos de Colombia y el mundo; representativos de los
Derechos Humano y promotores s valores democráticos.
Ø Fomento
de la cultura de paz, de respeto a los derechos Humanos, del Cuidado del medio
ambiente , del manejo alternativo de los conflictos, del respeto por las
diferencias y de inclusión social; como la mejor forma de formar ciudadanos
responsables y constructores de paz
ESTRATEGIAS Y METODOLÓGICAS:
Las actividades del
Proyecto se desarrollarán dentro del plan de aula de las Áreas de Ciencias
Sociales – Integradas y Educación Ética y Valores Humanos. En el trabajo
Colaborativo con los demás proyectos transversales en especial con el proyecto (Proyecto
Ambiental Escolar) PRAES; el apoyo formativo a las actividades de participación
escolar y los grupos que surjan con iniciativas de trascender el aula hacia la
comunidad educativa.
RECURSOS
Humanos: Estudiantes, padres de familia,
docentes, Personero Municipal, Contraloría Departamental, Conferencistas
provenientes del Hospital ESE San Roque, Parroquia Cristales, entre otros.
Didácticos: Libro de la Constitución Política
de 1991, folletos, textos, periódicos, revistas, cartulinas, grabadoras,
películas, pagina web, carteleras, TV, USB, cable HDMI, impresiones, copias
entre otros.
Instituciones y organizaciones : Institución
Educativa Rural Cristales, Hospital ESE San Roque, Personería Municipal, Alcaldía
Municipal, Rectoría, Consejo Directivo, Consejo de Padres, Consejo Estudiantes, Personería Escolar,
Contraloría Escolar, Ese Carisma, Parroquia Cristales.
Físicos: Coliseo y aulas de clase de
la Institución Educativa, cubículos, carteleras, insignias o condecoraciones.
Económicos: Queda bajo la responsabilidad
de la administración de la Institución Educativa de acuerdo al presupuesto
disponible para este proyecto de formación democrática y a la gestión de los
que lo lideran.
EVALUACIÓN
La evaluación es un
proceso continuo donde sus mejores indicadores serán la apropiación que de las prácticas
democráticas haga el estudiantado de la Institución Educativa Rural Cristales,
así como de su participación en los diferentes estamentos del gobierno escolar
y de los proyectos pedagógicos que se desarrollen. Su capacidad para resolver
los conflictos de una manera más creativa y sin recurrir a la violencia.
CRONOGRAMA
Ver anexo en Excel
BIBLIOGRAFÍA
ONU. Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su
resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948. Tomado de: http://www.hchr.org.co/documentoseinformes/documentos/carceles/1_Universales/B%E1sicos/1_Generales_DH/1_Declaracion_Universal_DH.pdf
ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE. Constitución Política de 1991. http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia.pdf
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Ley General de Educación. Ley 115 del 08 de febrero de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Decreto 1860 de agosto 03 de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Ley 1029 del 12 de junio de 2006. Por la cual se modifica el artículo
14 de la ley 115 de 1994.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NACIONAL. Estándares Básicos Competencias Ciudadanas.
IER Cristales. Proyecto
Educativo Institucional. (PEI) 2014.
SÁNCHEZ MONSALVE, Alba
Nidia. Proyecto Pedagógico de Dirección de Grupo, grado 7°. Marzo de 2018.
COLOMBIA JOVEN.
Estatuto de Ciudadanía Juvenil, Ley 1622 de 2013.
ÓRGANO DE DIFUSIÓN DEL
PROYECTO DE DEMOCRACIA: http://lagacetaestudiantilcristales2014.blogspot.com.co/2018/
[1] MEN. Estándares Básicos En Competencias Ciudadanas. Formar en Ciencias
si es Posible. P. 6
[2] Se hace necesario
realizar una autodiagnóstico que dé cuenta de la realidad actual y permita la
re-significación (volver a significar) las realidades sociales y los valores
democráticos. En esa tarea debemos trabajar desde todas las
sede.
[3] Tomado de la página oficial : http://www.sanroque-antioquia.gov.co/mapas_municipio.shtml?apc=bcxx-1-&x=2688357
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